Notas a los Estados Contables (modelo)
Para ejercicios cerrados con posteridad al 31/12/2001
Para Asociaciones Civiles

1.- NORMAS CONTABLES :
Las normas contables relevantes aplicables a los Estados Contables correspondiente al ejercicio que se informa fueron :

2.- MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES :
Los Estados Contables han sido preparados siguiendo los lineamientos enunciados en la Resolución Técnica Nº 8, 11 y 12 de la F.A.C.P.C.E., adoptadas por el C.P.C.E.R.N. mediante las Resoluciones Nº 136, 170 y 171 respectivamente.

3.- CONSIDERACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA INFLACIÓN :
Los Estados Contables han sido preparados en moneda homogénea y a valores corrientes de acuerdo a la Resolución Técnica Nº 10 y modificada por la Resolución Técnica Nº 12 de la F.A.C.P.C.E. adoptadas por el C.P.C.E.R.N. mediante las Resoluciones Nº 152 y 171 respectivamente.
Durante el presente ejercicio económico, y a partir del 1/01/2002, se adelanta la vigencia de las modificaciones introducidas por la sección 3 de la RT 19 la F.A.C.P.C.E. y la sección 3.1. de la RT 17 y por Resolución 196 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro se adopta la Resolución 240/02 que considera que existe un contexto de inestabilidad monetaria en el país debiéndose expresar los estados contables en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden, usando el I.P.I.M. para realizar el ajuste.
La segregación de los componentes financieros implícitos se realizó únicamente sobre los saldos de activos y pasivos a la fecha de los estados contables, tal como lo permite la Resolución 198 del C.P.C.E.R.N. en su art. 1º.
No se realizó la opción establecida por la Resolución 241/02, de valuar los Activos Fijos a Valor de Reposición.

4.- CRITERIOS DE VALUACIÓN :
Inversiones: En moneda nacional, han sido valuadas a sus respectivas cotizaciones, en el mercado extrabursatil, a la fecha de cierre del período.

Créditos y Pasivos: En moneda nacional, sin cláusula de ajuste, han sido valuados a su valor nominal, agregando los intereses devengados a la fecha de cierre del ejercicio.

Bienes de Cambio: Los mismos se expresan a su costo de reposición a la fecha de cierre del ejercicio.

Bienes de Uso : Están valuados a su valor de adquisición ajustados de acuerdo a la R.T. Nº 6 de la F.A.C.P.C.E. a fecha de cierre, menos la correspondiente amortización acumulada. La amortización es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada.
El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no superan su valor de utilización económica.

5.- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS:

6.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ART. 2 RESOLUCION TÉCNICA Nº 12.