Mediante la Resolución General N° 4188, a partir del día 15/01/2018, SERA OBLIGATORIO para algunos tramites solicitar el TURNO VÍA WEB.
“ARTÍCULO 4°.- La nómina de los trámites y consultas que requerirán la obtención previa de un turno “web”, con su correspondiente cronograma de aplicación, será publicada en el micrositio “Gestión de Atención Institucional” (www.afip.gob.ar/atencion) del sitio “web” de esta Administración Federal y en otros medios alternativos de difusión.
En una primera etapa, la utilización del sistema de turnos “web” será de aplicación obligatoria únicamente para los trámites de obtención o blanqueo de la Clave Fiscal.