Luego de las gestiones de la FACPCE, AFIP otorgó un plazo especial para el vencimiento
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió la postergación del plazo en la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2023.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial, a través de la resolución general N° 5548/24, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes, y tras las gestiones realizadas por la Federación ante el organismo recaudador.
La normativa de AFIP permite a los contribuyentes y responsables establecer ingresos especiales de importes a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. El mismo se determinará aplicando el 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del 2023.
Por otra parte, quienes presenten y paguen en las fechas originales serán eximidos del ingreso especial de un pago a cuenta.
Fechas en las que podrán presentarse y pagarse Ganancias, Bienes Personales y Cedular
* Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: fecha de presentación 18/09/2024 / fecha de pago 19/09/2024.
* Terminación CUIT 4, 5 y 6: fecha de presentación 19/09/2024 / fecha de pago 20/09/2024.
* Terminación CUIT 7, 8 y 9: fecha de presentación 20/09/2024 / fecha de pago 23/09/2024.
Vencimiento del importe a cuenta • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: fecha de presentación 26/8/2024.
• Terminación 4, 5 y 6: fecha de presentación 27/8/2024
* Terminación 7, 8 y 9: fecha de presentación 28/8/2024