Se vuelve a prorrogar el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas impositivas y de los recursos de la seguridad social para los sujetos de la cadena de producción de peras y manzanas en emergencia económica (Ley 27354) y se adecuan los regímenes de facilidades de pago aplicables para la cancelación de dichas obligaciones.

Puntos Importantes:

  • Resoluciones Generales a tener en cuenta: la 4260 E/18 (anterior) y la 4279 E/18 (Nueva)
  • Se prorroga el plazo para presentar el plan de pagos por 365 días , estableciendo la nueva fecha el 30/06/2019.
  • Incluye las mismas obligaciones que la anterior, solo que ahora extiende el plazo de esas obligaciones que van desde las vencidas el 04/06/2017 al 31/05/2019
  • Las obligaciones que se quieran incluir deben tener si o si su DDJJ presentada.
  • Aquellas personas que no pudieron ingresar a este beneficio, tienen también una prórroga hasta el 30/09/2018 inclusive, para poder presentar la documentación requerida por Afip junto con la Informe firmado por CPN y certificado por Consejo Profesional de Ciencias económicas .
  • Por ultimo hay que destaca que la emergencia de Peras y Manzanas como se tituló en llamar tiene un plan de pago de Afip diferente y a la vista más beneficioso que el publicado en la última RG AFIP de los nuevos planes de pago, en la cual hace referencia a los planes de emergencia agropecuaria. Para Peras y Manzanas hay categorías de hasta 60 y 90 cuotas y en los normales de emergencia lo máximo son 48 cuotas.