Por Resolución 338/16 se prorroga el vencimiento del anticipo 3/16 para contribuyentes directos, con domicilio fiscal en Río Negro y CUIT terminada en 3, 4 o 5 al 15 de abril de 2016. Y considera pago en término el anticipo 3/16 a contribuyentes de Convenio Multilateral, prefijo 916, con CUIT terminada en 3, 4 o 5 hasta el 15 de abril de 2016.
13 de enero de 2017