VISTO:
La sanción de la Resolución Técnica Nº 13 “Conversiones de Estados Contables” por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro dictar Normas Técnicas en el ámbito de su jurisdicción. (art. 23 inc. 5 Decreto Ley 199/66).
Que a la fecha no existen normas específicas en materia de conversión de estados contables de moneda extranjera a moneda argentina para su consolidación o para la aplicación del “método del valor patrimonial proporcional”.
Que la Resolución Técnica Nº 13 cubre el vacío referido y prevé soluciones técnicas adecuadas para el tratamiento del tema y gestión de los entes.
POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º) : Adoptar como norma técnica de aplicación obligatoria para los profesionales matriculados en este Consejo Profesional, la Resolución Técnica Nº 13, sobre “Conversión de Estados Contables”.
ARTÍCULO 2º): La Resolución Técnica Nº 13 será de aplicación obligatoria para los estados contables anuales que se inicien a partir del 1º de Junio de 1997 y para los estados contables de períodos intermedios que se inicien con posterioridad a dichos ejercicios completos.
ARTÍCULO 3º): A partir de la vigencia de la Resolución Técnica Nº 13 quedan modificadas en la parte pertinente, las resoluciones Nº 104, 105 y 152 de este Consejo que pusieron en vigencia las Resoluciones Técnicas 4, 5 y 10 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
ARTÍCULO 4º): Para que se considere que los estados contables estén de conformidad con Normas Contables vigentes deberán ser preparados de acuerdo a lo establecido por la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º) : Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Archívese.
Cipolletti, 17 de Marzo de 1997
EL CONSEJO DIRECTIVO