Recordamos que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Directos (Régimen General y Simplificado) NO deben presentar DDJJ anual 2018.
La Agencia NO estableció la obligación de presentar la DDJJ Anual para contribuyentes directos a partir del periodo 2018. Por esta razón no se encuentra habilitado el servicio web.
La Ley 1301, modificada para el periodo 2017 estableció en el Art. 22 que la presentación de las DDJJ se realizará en la forma, plazos y condiciones que establezca la Agencia. En este sentido y por Res. 937/16 se fijó el vencimiento para la DDJJ anual 2017. Sin embargo, para 2018 en la resolución 256/17 no se estipuló la obligación de presentar la DDJJ anual para este periodo, así como tampoco lo hizo para el 2019 mediante resolución 1298/18.
Por lo tanto, no existe obligación de presentar la DDJJ anual para contribuyentes directos a partir del período 2018.