VISTO:
La Circular N° 11 de Adopción de las Normas Internacionales de
Información Financiera emitida por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de
Ciencias Económicas;
CONSIDERANDO:
Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;
Que este Consejo ha aprobado la Resolución Técnica N° 26 “Normas Contables Profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)” con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica N° 29 “Modificación de la Resolución Técnica N° 26: Normas Contables Profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)”, por Resoluciones de Consejo Directivo N° 279 y 306.
Que el artículo 19 del Reglamento del CENCyA establece que las “Circulares de adopción de las NIIF” se emitirán para poner en vigencia, como norma contable profesional, a las nuevas NIIF e Interpretaciones –CINIIF- o a las modificaciones a las NIIF e Interpretaciones-CINIIF- existentes, por parte del IASB.
Que el IASB ha realizado modificaciones y mejoras a los textos originales de las Normas Internacionales de Información Financiera aprobados, por esta Federación, a través de la Resolución Técnica N° 26 y modificatoria y las Circulares de adopción de las NIIF aprobadas a la fecha de emisión de esta Circular de adopción.
POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESUELVE
Artículo 1º): Adoptar la Circular N° 11 de Adopción de las Normas Internacionales de
Información Financiera emitida por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de
Ciencias Económicas la que se adjunta como parte integrante de la presente y declararla
Norma Profesional, de aplicación obligatoria en la Jurisdicción de la Provincia de Río Negro
para las entidades que cotizan sus títulos de deudas o de capital en mercados de valores.
Artículo 2°):Regístrese, publíquese en la web del Consejo y archívese.
Cipolletti, 13 de junio de 2017