VISTO:
La INTERPRETACIÓN N° 7 de Normas profesionales: “Modelo de Revaluación de bienes de uso (Excepto Activos Biológicos) y tratamiento contable de las Propiedades de Inversión (Resolución Técnica N° 31)”; y
CONSIDERANDO:
Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;
Que la experiencia en Argentina, con los anteriormente denominados “revalúos técnicos”, hace necesario establecer exigencias adecuadas en la medición para el
modelo de revaluación y en su tratamiento contable;
Que la incorporación del modelo de revaluación permitió la discusión del tratamiento para las propiedades de inversión y ciertos activos no corrientes destinados a la venta;
Que es necesario facilitar el análisis que se realiza para la adecuada aplicación de las normas contables profesionales en la preparación de los estados contables;
POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESUELVE
Artículo 1º): Aprobar como norma profesional en jurisdicción de la Provincia de Río Negro, la Segunda parte de la Interpretación N° 7 de Normas profesionales, la que se considera parte integrante de la presente, “Modelo de Revaluación de bienes de uso (Excepto Activos Biológicos) y tratamiento contable de las Propiedades de Inversión (Resolución Técnica N° 31)”
Artículo 2°): Establecer que la Interpretación mencionada en el artículo primero tiene vigencia desde la fecha de su aprobación por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Artículo 3°): Comuníquese, publíquese en la Web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en el Boletín Oficial y archívese.
Cipolletti, 22 de febrero de 2017