RESOLUCIÓN N° 405

Aprobación Circulares N° 3 y Nº 4 de adopción pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC

VIGENTE

VISTO:

La aprobación de las Circulares N° 3 y Nº 4 de Adopción de los pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC, “Modificaciones a las Normas Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados, e Independencia del IAASB y el IESBA de la Federación Internacional de contadores (IFAC), adoptadas por las Resoluciones Técnicas N° 32, 33, 34 y 35”, contenidas en la segunda parte de esta Resolución.

CONSIDERANDO:

Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;

Que el IAASB de IFAC ha realizado modificaciones y mejoras a los textos de sus pronunciamientos aprobados por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, a través de las Resoluciones Técnicas 32,33,34 y 35;

POR ELLO:

EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO

RESUELVE:

Artículo 1º): Aprobar como norma profesional en jurisdicción de la Provincia de Río Negro, las Circulares N° 3 y Nº 4 de Adopción de los pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC, “Modificaciones a las Normas Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados, e Independencia del IAASB y el IESBA de la Federación Internacional de contadores (IFAC), adoptadas por las Resoluciones Técnicas N° 32, 33, 34 y 35”, contenidas en la segunda parte de esta Resolución, que es parte integrante de la misma.
Artículo 2°): Las normas aprobadas se aplicarán en forma obligatoria en los encargos que se inicien a partir de la fecha de publicación de esta Circular de Adopción, permitiendo su aplicación anticipada.
Artículo 3°): Comuníquese, publíquese en la Web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, archívese.

Cipolletti, 25 de junio de 2019.
CONSEJO DIRECTIVO

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