Visto
Las atribuciones conferidas por el Decreto Ley 199/66 al Consejo Directivo en el art. 23 inc. 14, de recaudar y administrar los fondos a que se refiere el art. 32: establecer el derecho de inscripción en la matrícula y el derecho de ejercicio anual determinando su monto, y
Considerando
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, cumple sus funciones en toda la provincia con una reducida estructura administrativa, y la colaboración ad-honorem de profesionales en las distintas delegaciones y receptorías.
Que la participación institucional de los profesionales significa asumir compromisos que les insumen tiempo laboral importante y
Que la situación económica y las exigencias de la profesión presionan permanentemente con una mayor necesidad de dedicación desalentando la participación institucional.
Que el Consejo Directivo considera importante arbitrar los medios para motivar a la participación y compromiso con la institución.
Que el Consejo Directivo por Res. 189 del 15/02/2001 fundamentando con idénticos considerandos ya había bonificado el Derecho de Ejercicio Profesional a los Consejeros y Delegados;
POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
RESUELVE
Artículo 1º): Bonificar el Derecho de Ejercicio Profesional a los miembros del Tribunal de Ética, profesionales que trabajan ad-honorem con el Consejo.
Artículo 2º): Bonificar el Derecho de Ejercicio Profesional a los miembros de las Comisiones del Consejo constituidas para trabajar en los distintos temas inherentes a la profesión. El Consejo Directivo, establecerá anualmente por resolución este beneficio, en función a la gestión realizada, su participación y la continuidad en la misma.
Artículo 3º): Comuníquese, regístrese y publíquese en el boletín oficial.
Cipolletti, 15 de marzo de 2017 EL CONSEJO DIRECTIVO