RESOLUCIÓN N° 383

Informes de cumplimiento requeridos por organismos de control

VIGENTE

VISTO:

La sanción por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de la RT 37 sobre “NORMAS DE AUDITORÍA, REVISIÓN OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO, CERTIFICACIÓN Y SERVICIOS RELACIONADOS” aprobada en la Junta de Gobierno del 22/03/2013;
La Resolución MD N° 816/15 sobre Informes de cumplimiento para responder encargos requeridos por reguladores, organismos de control u otros entes con facultades de fiscalización, preparados de acuerdo con la Resolución Técnica N° 37.

CONSIDERANDO:

-Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;
-Que este Consejo Profesional aprobó por Resolución 326 la Resolución Técnica 37 (FACPCE) en consonancia con los plazos de vigencia establecidos por la misma, para los encargos que se presten a partir del 1° de enero de 2014 o en el caso de encargos cuyo objeto sean estados contables, para los ejercicios iniciados o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2014;
-Que un encargo que implique la emisión de un informe de cumplimiento de normas emanadas de reguladores, organismos de control u otros entes con facultades de fiscalización presenta características singulares ya que, a diferencia de los informes especiales, se da un aseguramiento dentro de un marco de cumplimiento de los requerimientos normativos, ya sea establecidos por el regulador o por una disposición legal;

POR ELLO: EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO RESUELVE

Artículo 1º): Adherir a lo establecido por la Resolución de MD N° 816/15 sobre Aplicación de la RT N°37 para Informes de cumplimiento para responder encargos requeridos por reguladores, organismos de control u otros entes con facultades de fiscalización, preparados de acuerdo con la Resolución Técnica N° 37, que se considera como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º): Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por el Consejo Directivo, el 19 de Septiembre de 2017.

Artículo 3º): Comuníquese, publíquese en la Web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en el Boletín Oficial y archívese.

EL CONSEJO DIRECTIVO
Cipolletti, 19 de septiembre de 2017