RESOLUCIÓN N° 344

Suspensión de Receptorí­as

VIGENTE

VISTO:

Lo establecido por el art. 23 inc. 5) respecto a las atribuciones del Consejo Directivo; 

Lo establecido por el art. 60 del Dto-Ley 199/66 en materia de autenticación de firmas de los profesionales que suscriben informes, dictámenes y certificaciones y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario unificar los procedimientos tendientes a proteger el interés público de los efectos del ejercicio ilegal de la profesión y de la emisión de informes profesionales incorrectos; 

Que por razones geográficas e históricas nuestro Consejo tiene Receptorías en el interior de la Provincia para realizar la atención básica a los matriculados en legalizaciones de Informes y Certificaciones; 

Que las Receptorías se encuentran radicadas en estudios particulares de un profesional del interior que colabora con el Consejo en este servicio, sin que exista una estructura rentada del organismo; 

Que con el transcurso del tiempo se han incrementado y agilizado las comunicaciones entre el interior y las delegaciones, tanto a través de mensajerías como vía internet; 

Que durante 26 años se mantuvo vigente la RT7, resolución de Auditoría, y que a partir de Septiembre de 2013 se aprobó la nueva resolución RT37 que introdujo cambios en la normativa y en los modelos de informes y certificaciones que entraron en vigencia a partir del 01/01/2014; 

Que se está en un proceso de transición en la aplicación de la nueva RT en los modelos de Informes y Certificaciones, apoyados por el Área Técnica de las Delegaciones; 

Que no es factible pretender que las Receptorías realicen esta tarea;

POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESUELVE:

Artículo 1º): Suspender las Receptorías de Catriel, Cinco Saltos, Allen y Choele- Choel a partir del 31 de diciembre de 2014.

Artículo 2º): Establecer que a partir del 1° de Enero de 2015, todas las certificaciones e informes se legalizarán con Oblea, sacando de uso los sellos para legalizaciones de firmas de estos documentos.

Artículo 3º): Cubrir el costo de envío de los mencionados trabajos a legalizar de los matriculados del interior, hasta la Delegación más cercana.

Artículo 4º): Comuníquese, publíquese en la Web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en el boletín Oficial y archívese.

 

 

Cipolletti, 11 de diciembre de 2014
EL CONSEJO DIRECTIVO