RESOLUCIÓN N° 329

Tramite Urgente

VIGENTE

VISTO:

La Resolución Nº 284 del Consejo Directivo; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución mencionada en el VISTO establece el arancel para trámites urgentes de trabajos que se presenten para la legalización de firmas;

Que resulta necesario actualizar los aranceles establecidos en la Resolución Nº 284 a fin de adecuarlos a la realidad económica;

Que por razones de equidad, corresponde que el arancel que se fije guarde una correcta relación con los activos y pasivos del ente del que se trate, motivo por el cual dicho arancel no debe ser fijo;

POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESUELVE:

Artículo 1º): Modificar el Art. 4° de la Resolución 284 para fijar el arancel del Servicio de Trámite Urgente

a) de Estados Contables: en una suma de pesos equivalente al 50% de la tasa mínima establecida en el Anexo I ítem 1 de la Resolución N° 328 o la que la reemplace más el 10% del arancel de legalización que corresponda en función de las normas vigentes.

b) de Estados de Situación Patrimonial, Manifestaciones de Bienes y Deudas e Inventarios. en una suma de pesos equivalente al 50% de la tasa mínima establecida en el Anexo I ítem 1 de la Resolución N° 328 o la que la reemplace.

Artículo 2º): Establecer que la entrega de los trabajos que abonen los aranceles fijados en el artículo anterior, se realizará de la siguiente manera:

a) Si la recepción se produce dentro de las 3 (tres) primeras horas desde la apertura de las oficinas del Consejo, en la misma jornada.

b) Si la recepción se produce fuera del horario indicado en el inciso anterior, dentro de las 3 (tres) primeras horas de atención al público del día siguiente.

Artículo 3º): No se realizará la entrega de los trabajos presentados en los plazos previstos en el artículo anterior, cuando surjan en el mismo causales de observaciones y/o denegación de legalización de firmas, establecidas en la Res. 181 del Consejo.

Artículo 4º): No se aceptará el servicio de “Trámite Urgente” para la legalización de aquellos Estados Contables que no hayan pasado por el Servicio de Control Previo que establece la Resolución 285 y modificatorias de este Consejo.

Artículo 5º): La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 2 de Enero de 2014.

Artículo 6º): Comuníquese, publíquese en la Web del Consejo Profesional de ciencias Económica de la Provincia de Río Negro, en el Boletín Oficial y archívese.

 

Cipolletti, 16 de Diciembre de 2013
EL CONSEJO DIRECTIVO